© Órgano aprobado por el Consejo de Gobierno de la UVA, junio 2023
La Escuela Segoviana y
la Renovación Pedagógica

Relación de miembros integrantes de la

Cátedra de Estudios de la Escuela

Segoviana y la Renovación Pedagógica.

Luis Mariano Torrego Egido, UVa, Departamento de Pedagogía. Miriam Sonlleva Velasco, UVa, Departamento de Pedagogía. Juan Carlos Manrique Arribas, UVa, Departamento de Did. de la Expresión Plástica, Corporal y Musical Ana Isabel Maroto Sáez, UVa, Departamento de Did. de las CC. Sociales, Experim. y de la Matemática Alfonso Gutiérrez Martín, UVa, Departamento de Pedagogía. Suyapa Martínez Scott, UVa, Departamento de Pedagogía. José Luis Hernández Huerta, UVa, Departamento de Filosofía (Teoría e Historia de la Educación) Judith Quintano Nieto UVa, Departamento de Filosofía (Teoría e Historia de la Educación) Miguel Ángel Cerezo Manrique, UVa, Departamento de Pedagogía. Rosa Ortiz de Santos, Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y P., Comunidad de Madrid. José Luis Mora García, Universidad Autónoma de Madrid. Juan Francisco Cerezo Manrique, Universidad de Salamanca. Enrique Javier Díez Gutiérrez, Universidad de León. Carlos de Dueñas Díez. Aurelio Quintanilla Fisac. José Miguel Alonso Fuente. José Luis Manrique Sanz. Enrique Gallego Lázaro. Susana Vilches Crespo. Amara del Amo López, maestra. Carlos Sanz Simón, Universidad Complutense. Isabel Lecanda Meschede, Biblioteca Universitaria, Universidad de Valladolid. Laura Escalona Rubio, Programa de Doctorado en Investigación Transdisciplinar en Educación. Laura Sánchez Blanco, Departamento de Filosofía (Teoría e Historia de la Educación). Mireya Álvarez González , maestra, Universidad de Valladolid. Tatiene de Freitas Ermel, Departamento de Filosofía (Teoría e Historia de la Educación). Sara Valdivieso Bermejo, UVa, Programa de Doctorado en Investigación Transdisciplinar en Educación. Raúl Marcos Martín, UVa, Programa de Doctorado en Investigación Transdisciplinar en Educación.

Entidades miembros

En el momento de la aprobación del Reglamento

de la Cátedra tienen carácter de Entidades

Miembros:

La Diputación Provincial de Segovia El Ayuntamiento de Segovia En el futuro podrán adquirir la condición de Entidad Miembro aquellas que lo soliciten y tengan la aprobación de la Comisión Mixta. En este caso será preciso modificar la composición de dicha Comisión Mixta mediante propuesta a la Dirección Académica adoptada por acuerdo unánime de sus miembros.

Podrán ser miembros de la Cátedra

Artículo 6 del Reglamento de Régimen Interno de

la Cátedra

1 . Representantes de las Entidades de Derecho Privado o Público, que contribuyan a la realización de los fines de esta en virtud del correspondiente convenio de colaboración con la Universidad de Valladolid, en el que se definirán los derechos y obligaciones que correspondan a ambas partes. 2 . Miembros de número, de alguno de los siguientes grupos: a) Profesores de la Universidad de Valladolid vinculados a áreas de conocimiento relacionadas con los temas de interés de la Cátedra. b) Investigadores de la Universidad de Valladolid vinculados a áreas de conocimiento relacionados con los temas de interés de la Cátedra. c) Con carácter temporal, profesores e investigadores visitantes. d) Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Valladolid cuya trayectoria se halle vinculada con los temas de interés de la Cátedra. e) Otras personas especialmente significadas por el estudio de la Historia de la Educación y la Renovación Pedagógica. f) Podrán ser, además, miembros de la Cátedra, becarios/as, investigadores en formación y profesorado colaborador.

Artículo 9 del Reglamento de Régimen Interno de

la Cátedra

Los miembros de la Cátedra estarán informados y participarán en la actividad, contribuyendo a la misma con su esfuerzo e iniciativas, garantizando la multidisciplinariedad y el rigor científico.

Artículo 10 del Reglamento de Régimen Interno

de la Cátedra

1 . Son derechos de los miembros de la Cátedra: a) Participar en los proyectos de investigación, docencia, divulgación y, en general, en todo tipo de actividades programados por la Cátedra. b) Participar en los órganos de gobierno de la Cátedra y, en particular, ser elegido para alguno de los cargos de gestión de la Cátedra. 2.- Las Entidades Miembro podrán participar en las actividades de la Cátedra, así como formar parte del Pleno, en el modo y forma que se determine en el convenio de colaboración. Artículo 11. Son deberes de los miembros de la Cátedra: a) Velar por el cumplimiento de los fines establecidos. b) Asistir a las reuniones de los órganos de que formen parte. c) Colaborar en las tareas y actividades que desarrolle la Cátedra y, en especial, en aquellas que le sean asignadas por los órganos de gobierno.

Artículo 7 del Reglamento de Régimen Interno de

la Cátedra

1 . La incorporación de los miembros del apartado 2 del artículo anterior se producirá a propuesta de la Comisión Mixta contemplada en el artículo 13 por nombramiento del Rector de la Universidad de Valladolid a iniciativa del Pleno de la Cátedra, previa solicitud del interesado acompañada de su currículum vitae que habrá de contar con el aval de, al menos, dos miembros de la misma. La incorporación de los miembros del apartado 1 del artículo anterior se producirá a propuesta de la Comisión Mixta en virtud del convenio correspondiente. 2.- La pérdida de la condición de miembro de la Cátedra para los miembros representantes de Entidades de Derecho Privado o Público se producirá por resolución rectoral cuando finalice el convenio de colaboración de dichas entidades con la Universidad de Valladolid. La pérdida de la condición de miembros de la Cátedra para los miembros de número se producirá por resolución rectoral y con carácter voluntario previa solicitud del interesado, o a propuesta motivada del Consejo de la Cátedra. [Artículo 13. 1.- La Comisión Mixta es el máximo órgano de gobierno y seguimiento de las actividades de la Cátedra. Está integrada por un miembro designado por cada una de las Entidades que figuran en el artículo 8 y otro designado por el Rectorado de la Universidad, además de la persona que ostente la Dirección Académica de la Cátedra en cada momento, quien la presidirá, y de la persona que ostente la Dirección Técnica. Actuará como Secretario de la Comisión Mixta el del Consejo de la Cátedra. Por lo que al régimen de adopción de acuerdos se refiere, en caso de empate, el voto del Presidente tendrá carácter dirimente. 2.- Entre las competencias de la Comisión Mixta, se encuentran aprobar las propuestas del Plan Anual de Actuaciones, de la Memoria Anual de Actividades y de su régimen económico, así como la distribución de los fondos asignados a la Cátedra en los presupuestos de la Universidad para cada ejercicio. Le corresponde también efectuar la propuesta de la persona que haya de ostentar la Dirección Académica de la Cátedra de entre los profesores doctores que presten servicios en la Universidad de Valladolid, y aprobar la propuesta efectuada por las Entidades Miembros mencionadas en el artículo 8 para el nombramiento de Director Técnico, así como aprobar la propuesta de incorporación de nuevos miembros representantes de Entidades de Derecho Privado o Público. 3.- La Comisión Mixta se reunirá con carácter ordinario al menos 1 vez al año y con carácter extraordinario cuantas se estime necesario a propuesta de 2 de sus miembros.]

Artículo 11 del Reglamento de Régimen Interno

de la Cátedra

Son deberes de los miembros de la Cátedra: a) Velar por el cumplimiento de los fines establecidos. b) Asistir a las reuniones de los órganos de que formen parte. c) Colaborar en las tareas y actividades que desarrolle la Cátedra y, en especial, en aquellas que le sean asignadas por los órganos de gobierno.