 
 
  © Órgano aprobado por el Consejo de Gobierno de la UVA, junio 2023
 
 
  
 
 
  
Miembros 
 
 
  
Podrán ser miembros de la Cátedra
  Artículo 6 del Reglamento de Régimen Interno 
  de la Cátedra
  
  1
  .
  
  Representantes
  de
  las
  Entidades
  de
  Derecho
  Privado
  o
  Público,
  que
  contribuyan
  a
  la 
  realización
  de
  los
  fines
  de
  esta
  en
  virtud
  del
  correspondiente
  convenio
  de
  colaboración
  con 
  la
  Universidad
  de
  Valladolid,
  en
  el
  que
  se
  definirán
  los
  derechos
  y
  obligaciones
  que 
  correspondan a ambas partes.
  
  2
  .
  
  Miembros de número, de alguno de los siguientes grupos:
  
  
  a)
  Profesores
  de
  la
  Universidad
  de
  Valladolid
  vinculados
  a
  áreas
  de
  conocimiento 
  relacionadas con los temas de interés de la Cátedra.
  
  
  b)
  Investigadores
  de
  la
  Universidad
  de
  Valladolid
  vinculados
  a
  áreas
  de
  conocimiento 
  relacionados con los temas de interés de la Cátedra.
  
  
  c) Con carácter temporal, profesores e investigadores visitantes.
  
  
  d)
  Personal
  de
  Administración
  y
  Servicios
  de
  la
  Universidad
  de
  Valladolid
  cuya
  trayectoria
  se 
  halle vinculada con los temas de interés de la Cátedra.
  
  
  e)
  Otras
  personas
  especialmente
  significadas
  por
  el
  estudio
  de
  la
  Historia
  de
  la
  Educación
  y 
  la Renovación Pedagógica.
  
  
  f)
  Podrán
  ser,
  además,
  miembros
  de
  la
  Cátedra,
  becarios/as,
  investigadores
  en
  formación
  y 
  profesorado colaborador.
  Artículo 7 del Reglamento de Régimen Interno 
  de la Cátedra
  
  1
  .
  
  La
  incorporación
  de
  los
  miembros
  del
  apartado
  2
  del
  artículo
  anterior
  se
  producirá
  a 
  propuesta
  de
  la
  Comisión
  Mixta
  contemplada
  en
  el
  artículo
  13
  por
  nombramiento
  del
  Rector 
  de
  la
  Universidad
  de
  Valladolid
  a
  iniciativa
  del
  Pleno
  de
  la
  Cátedra,
  previa
  solicitud
  del 
  interesado
  acompañada
  de
  su
  currículum
  vitae
  que
  habrá
  de
  contar
  con
  el
  aval
  de,
  al 
  menos,
  dos
  miembros
  de
  la
  misma.
  La
  incorporación
  de
  los
  miembros
  del
  apartado
  1
  del 
  artículo
  anterior
  se
  producirá
  a
  propuesta
  de
  la
  Comisión
  Mixta
  en
  virtud
  del
  convenio 
  correspondiente.
  2.-
  La
  pérdida
  de
  la
  condición
  de
  miembro
  de
  la
  Cátedra
  para
  los
  miembros
  representantes
  de 
  Entidades
  de
  Derecho
  Privado
  o
  Público
  se
  producirá
  por
  resolución
  rectoral
  cuando
  finalice 
  el convenio de colaboración de dichas entidades con la Universidad de Valladolid.
  
  
  La
  pérdida
  de
  la
  condición
  de
  miembros
  de
  la
  Cátedra
  para
  los
  miembros
  de
  número
  se 
  producirá
  por
  resolución
  rectoral
  y
  con
  carácter
  voluntario
  previa
  solicitud
  del
  interesado,
  o 
  a propuesta motivada del Consejo de la Cátedra.
  [Artículo 13.
  1.-
  La
  Comisión
  Mixta
  es
  el
  máximo
  órgano
  de
  gobierno
  y
  seguimiento
  de
  las
  actividades
  de
  la 
  Cátedra.
  Está
  integrada
  por
  un
  miembro
  designado
  por
  cada
  una
  de
  las
  Entidades
  que 
  figuran
  en
  el
  artículo
  8
  y
  otro
  designado
  por
  el
  Rectorado
  de
  la
  Universidad,
  además
  de
  la 
  persona
  que
  ostente
  la
  Dirección
  Académica
  de
  la
  Cátedra
  en
  cada
  momento,
  quien
  la 
  presidirá,
  y
  de
  la
  persona
  que
  ostente
  la
  Dirección
  Técnica.
  Actuará
  como
  Secretario
  de
  la 
  Comisión
  Mixta
  el
  del
  Consejo
  de
  la
  Cátedra.
  Por
  lo
  que
  al
  régimen
  de
  adopción
  de
  acuerdos 
  se refiere, en caso de empate, el voto del Presidente tendrá carácter dirimente.
  2.-
  Entre
  las
  competencias
  de
  la
  Comisión
  Mixta,
  se
  encuentran
  aprobar
  las
  propuestas
  del
  Plan 
  Anual
  de
  Actuaciones,
  de
  la
  Memoria
  Anual
  de
  Actividades
  y
  de
  su
  régimen
  económico,
  así 
  como
  la
  distribución
  de
  los
  fondos
  asignados
  a
  la
  Cátedra
  en
  los
  presupuestos
  de
  la 
  Universidad
  para
  cada
  ejercicio.
  Le
  corresponde
  también
  efectuar
  la
  propuesta
  de
  la 
  persona
  que
  haya
  de
  ostentar
  la
  Dirección
  Académica
  de
  la
  Cátedra
  de
  entre
  los
  profesores 
  doctores
  que
  presten
  servicios
  en
  la
  Universidad
  de
  Valladolid,
  y
  aprobar
  la
  propuesta 
  efectuada
  por
  las
  Entidades
  Miembros
  mencionadas
  en
  el
  artículo
  8
  para
  el
  nombramiento 
  de
  Director
  Técnico,
  así
  como
  aprobar
  la
  propuesta
  de
  incorporación
  de
  nuevos
  miembros 
  representantes de Entidades de Derecho Privado o Público.
  3.-
  La
  Comisión
  Mixta
  se
  reunirá
  con
  carácter
  ordinario
  al
  menos
  1
  vez
  al
  año
  y
  con
  carácter 
  extraordinario cuantas se estime necesario a propuesta de 2 de sus miembros.]
  Artículo 9 del Reglamento de Régimen Interno 
  de la Cátedra
  Los
  miembros
  de
  la
  Cátedra
  estarán
  informados
  y
  participarán
  en
  la
  actividad,
  contribuyendo
  a 
  la misma con su esfuerzo e iniciativas, garantizando la multidisciplinariedad y el rigor científico.
  Artículo 10 del Reglamento de Régimen Interno 
  de la Cátedra
  
  1
  .
  
  Son derechos de los miembros de la Cátedra:
  
  
  a)
  Participar
  en
  los
  proyectos
  de
  investigación,
  docencia,
  divulgación
  y,
  en
  general,
  en
  todo 
  tipo de actividades programados por la Cátedra.
  
  
  b)
  Participar
  en
  los
  órganos
  de
  gobierno
  de
  la
  Cátedra
  y,
  en
  particular,
  ser
  elegido
  para 
  alguno de los cargos de gestión de la Cátedra.
  2.-
  Las
  Entidades
  Miembro
  podrán
  participar
  en
  las
  actividades
  de
  la
  Cátedra,
  así
  como
  formar 
  parte del Pleno, en el modo y forma que se determine en el convenio de colaboración.
  Artículo 11.
  Son deberes de los miembros de la Cátedra:
  a) Velar por el cumplimiento de los fines establecidos.
  b) Asistir a las reuniones de los órganos de que formen parte.
  c)
  Colaborar
  en
  las
  tareas
  y
  actividades
  que
  desarrolle
  la
  Cátedra
  y,
  en
  especial,
  en
  aquellas
  que 
  le sean asignadas por los órganos de gobierno.
  Artículo 11 del Reglamento de Régimen Interno 
  de la Cátedra
  
  
  Son deberes de los miembros de la Cátedra:
  
  
  a) Velar por el cumplimiento de los fines establecidos.
  
  
  b) Asistir a las reuniones de los órganos de que formen parte.
  
  
  c)
  Colaborar
  en
  las
  tareas
  y
  actividades
  que
  desarrolle
  la
  Cátedra
  y,
  en
  especial,
  en
  aquellas 
  que le sean asignadas por los órganos de gobierno.
 
 
  Relación de miembros integrantes de 
  la Cátedra de Estudios de la Escuela 
  Segoviana y la Renovación 
  Pedagógica.
  Luis Mariano Torrego Egido, UVa, Departamento de Pedagogía.
  Miriam Sonlleva Velasco, UVa, Departamento de Pedagogía.
  Juan Carlos Manrique Arribas, UVa, Departamento de Did. de la Expresión Plástica, Corporal y Musical
  Ana Isabel Maroto Sáez, UVa, Departamento de Did. de las CC. Sociales, Experim. y de la Matemática
  Alfonso Gutiérrez Martín, UVa, Departamento de Pedagogía.
  Suyapa Martínez Scott, UVa, Departamento de Pedagogía.
  José Luis Hernández Huerta, UVa, Departamento de Filosofía (Teoría e Historia de la Educación)
  Judith Quintano Nieto UVa, Departamento de Filosofía (Teoría e Historia de la Educación)
  Miguel Ángel Cerezo Manrique, UVa, Departamento de Pedagogía.
  Rosa Ortiz de Santos, Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y P., Comunidad de Madrid.
  José Luis Mora García, Universidad Autónoma de Madrid.
  Juan Francisco Cerezo Manrique, Universidad de Salamanca.
  Enrique Javier Díez Gutiérrez, Universidad de León.
  Carlos de Dueñas Díez.
  Aurelio Quintanilla Fisac .
  José Miguel Alonso Fuente.
  José Luis Manrique Sanz.
  Enrique Gallego Lázaro.
  Susana Vilches Crespo.
  Amara del Amo López, maestra.
  Carlos Sanz Simón, Universidad Complutense.
  Isabel Lecanda Meschede, Biblioteca Universitaria, Universidad de Valladolid.
  Laura Escalona Rubio, Programa de Doctorado en Investigación Transdisciplinar en Educación.
  Laura Sánchez Blanco, Departamento de Filosofía (Teoría e Historia de la Educación).
  Mireya Álvarez González , maestra, Universidad de Valladolid.
  Tatiene de Freitas Ermel, Departamento de Filosofía (Teoría e Historia de la Educación).
  Sara Valdivieso Bermejo, UVa, Programa de Doctorado en Investigación Transdisciplinar en Educación.
  Raúl Marcos Martín, UVa, Programa de Doctorado en Investigación Transdisciplinar en Educación.
  
 
  
Entidades miembros
  En el momento de la aprobación del 
  Reglamento de la Cátedra tienen carácter de 
  Entidades Miembros:
  La Diputación Provincial de Segovia
  El Ayuntamiento de Segovia (*)  
   
  En el futuro podrán adquirir la condición de Entidad Miembro aquellas que lo soliciten y tengan 
  la aprobación de la Comisión Mixta. En este caso será preciso modificar la composición de dicha 
  Comisión Mixta mediante propuesta a la Dirección Académica adoptada por acuerdo unánime 
  de sus miembros. 
  (*) El Ayuntamiento de Segovia aún no ha firmado el convenio de colaboración
 
 