© Órgano aprobado por el Consejo de Gobierno de la UVA, junio 2023
Relación de miembros integrantes de la
Cátedra de Estudios de la Escuela
Segoviana y la Renovación Pedagógica.
Luis Mariano Torrego Egido, UVa, Departamento de Pedagogía.
Miriam Sonlleva Velasco, UVa, Departamento de Pedagogía.
Juan Carlos Manrique Arribas, UVa, Departamento de Did. de la Expresión Plástica, Corporal y Musical
Ana Isabel Maroto Sáez, UVa, Departamento de Did. de las CC. Sociales, Experim. y de la Matemática
Alfonso Gutiérrez Martín, UVa, Departamento de Pedagogía.
Suyapa Martínez Scott, UVa, Departamento de Pedagogía.
José Luis Hernández Huerta, UVa, Departamento de Filosofía (Teoría e Historia de la Educación)
Judith Quintano Nieto UVa, Departamento de Filosofía (Teoría e Historia de la Educación)
Miguel Ángel Cerezo Manrique, UVa, Departamento de Pedagogía.
Rosa Ortiz de Santos, Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y P., Comunidad de Madrid.
José Luis Mora García, Universidad Autónoma de Madrid.
Juan Francisco Cerezo Manrique, Universidad de Salamanca.
Enrique Javier Díez Gutiérrez, Universidad de León.
Carlos de Dueñas Díez.
Aurelio Quintanilla Fisac.
José Miguel Alonso Fuente.
José Luis Manrique Sanz.
Enrique Gallego Lázaro.
Susana Vilches Crespo.
Amara del Amo López, maestra.
Carlos Sanz Simón, Universidad Complutense.
Isabel Lecanda Meschede, Biblioteca Universitaria, Universidad de Valladolid.
Laura Escalona Rubio, Programa de Doctorado en Investigación Transdisciplinar en Educación.
Laura Sánchez Blanco, Departamento de Filosofía (Teoría e Historia de la Educación).
Mireya Álvarez González , maestra, Universidad de Valladolid.
Tatiene de Freitas Ermel, Departamento de Filosofía (Teoría e Historia de la Educación).
Sara Valdivieso Bermejo, UVa, Programa de Doctorado en Investigación Transdisciplinar en Educación.
Raúl Marcos Martín, UVa, Programa de Doctorado en Investigación Transdisciplinar en Educación.
Entidades miembros
En el momento de la aprobación del Reglamento
de la Cátedra tienen carácter de Entidades
Miembros:
La Diputación Provincial de Segovia
El Ayuntamiento de Segovia
En el futuro podrán adquirir la condición de Entidad Miembro aquellas que lo soliciten y tengan la
aprobación de la Comisión Mixta. En este caso será preciso modificar la composición de dicha
Comisión Mixta mediante propuesta a la Dirección Académica adoptada por acuerdo unánime de
sus miembros.
Podrán ser miembros de la Cátedra
Artículo 6 del Reglamento de Régimen Interno de
la Cátedra
1
.
Representantes
de
las
Entidades
de
Derecho
Privado
o
Público,
que
contribuyan
a
la
realización
de
los
fines
de
esta
en
virtud
del
correspondiente
convenio
de
colaboración
con
la
Universidad
de
Valladolid,
en
el
que
se
definirán
los
derechos
y
obligaciones
que
correspondan
a
ambas
partes.
2
.
Miembros de número, de alguno de los siguientes grupos:
a)
Profesores
de
la
Universidad
de
Valladolid
vinculados
a
áreas
de
conocimiento
relacionadas
con los temas de interés de la Cátedra.
b)
Investigadores
de
la
Universidad
de
Valladolid
vinculados
a
áreas
de
conocimiento
relacionados con los temas de interés de la Cátedra.
c) Con carácter temporal, profesores e investigadores visitantes.
d)
Personal
de
Administración
y
Servicios
de
la
Universidad
de
Valladolid
cuya
trayectoria
se
halle vinculada con los temas de interés de la Cátedra.
e)
Otras
personas
especialmente
significadas
por
el
estudio
de
la
Historia
de
la
Educación
y
la
Renovación Pedagógica.
f)
Podrán
ser,
además,
miembros
de
la
Cátedra,
becarios/as,
investigadores
en
formación
y
profesorado colaborador.
Artículo 9 del Reglamento de Régimen Interno de
la Cátedra
Los
miembros
de
la
Cátedra
estarán
informados
y
participarán
en
la
actividad,
contribuyendo
a
la
misma con su esfuerzo e iniciativas, garantizando la multidisciplinariedad y el rigor científico.
Artículo 10 del Reglamento de Régimen Interno
de la Cátedra
1
.
Son derechos de los miembros de la Cátedra:
a)
Participar
en
los
proyectos
de
investigación,
docencia,
divulgación
y,
en
general,
en
todo
tipo
de actividades programados por la Cátedra.
b)
Participar
en
los
órganos
de
gobierno
de
la
Cátedra
y,
en
particular,
ser
elegido
para
alguno
de
los cargos de gestión de la Cátedra.
2.-
Las
Entidades
Miembro
podrán
participar
en
las
actividades
de
la
Cátedra,
así
como
formar
parte
del Pleno, en el modo y forma que se determine en el convenio de colaboración.
Artículo 11.
Son deberes de los miembros de la Cátedra:
a) Velar por el cumplimiento de los fines establecidos.
b) Asistir a las reuniones de los órganos de que formen parte.
c)
Colaborar
en
las
tareas
y
actividades
que
desarrolle
la
Cátedra
y,
en
especial,
en
aquellas
que
le
sean asignadas por los órganos de gobierno.
Artículo 7 del Reglamento de Régimen Interno de
la Cátedra
1
.
La
incorporación
de
los
miembros
del
apartado
2
del
artículo
anterior
se
producirá
a
propuesta
de
la
Comisión
Mixta
contemplada
en
el
artículo
13
por
nombramiento
del
Rector
de
la
Universidad
de
Valladolid
a
iniciativa
del
Pleno
de
la
Cátedra,
previa
solicitud
del
interesado
acompañada
de
su
currículum
vitae
que
habrá
de
contar
con
el
aval
de,
al
menos,
dos
miembros
de
la
misma.
La
incorporación
de
los
miembros
del
apartado
1
del
artículo
anterior
se
producirá
a propuesta de la Comisión Mixta en virtud del convenio correspondiente.
2.-
La
pérdida
de
la
condición
de
miembro
de
la
Cátedra
para
los
miembros
representantes
de
Entidades
de
Derecho
Privado
o
Público
se
producirá
por
resolución
rectoral
cuando
finalice
el
convenio de colaboración de dichas entidades con la Universidad de Valladolid.
La
pérdida
de
la
condición
de
miembros
de
la
Cátedra
para
los
miembros
de
número
se
producirá
por
resolución
rectoral
y
con
carácter
voluntario
previa
solicitud
del
interesado,
o
a
propuesta motivada del Consejo de la Cátedra.
[Artículo 13.
1.-
La
Comisión
Mixta
es
el
máximo
órgano
de
gobierno
y
seguimiento
de
las
actividades
de
la
Cátedra.
Está
integrada
por
un
miembro
designado
por
cada
una
de
las
Entidades
que
figuran
en
el
artículo
8
y
otro
designado
por
el
Rectorado
de
la
Universidad,
además
de
la
persona
que
ostente
la
Dirección
Académica
de
la
Cátedra
en
cada
momento,
quien
la
presidirá,
y
de
la
persona
que
ostente
la
Dirección
Técnica.
Actuará
como
Secretario
de
la
Comisión
Mixta
el
del
Consejo
de
la
Cátedra.
Por
lo
que
al
régimen
de
adopción
de
acuerdos
se
refiere,
en
caso
de
empate, el voto del Presidente tendrá carácter dirimente.
2.-
Entre
las
competencias
de
la
Comisión
Mixta,
se
encuentran
aprobar
las
propuestas
del
Plan
Anual
de
Actuaciones,
de
la
Memoria
Anual
de
Actividades
y
de
su
régimen
económico,
así
como
la
distribución
de
los
fondos
asignados
a
la
Cátedra
en
los
presupuestos
de
la
Universidad
para
cada
ejercicio.
Le
corresponde
también
efectuar
la
propuesta
de
la
persona
que
haya
de
ostentar
la
Dirección
Académica
de
la
Cátedra
de
entre
los
profesores
doctores
que
presten
servicios
en
la
Universidad
de
Valladolid,
y
aprobar
la
propuesta
efectuada
por
las
Entidades
Miembros
mencionadas
en
el
artículo
8
para
el
nombramiento
de
Director
Técnico,
así
como
aprobar
la
propuesta
de
incorporación
de
nuevos
miembros
representantes
de
Entidades
de
Derecho Privado o Público.
3.-
La
Comisión
Mixta
se
reunirá
con
carácter
ordinario
al
menos
1
vez
al
año
y
con
carácter
extraordinario cuantas se estime necesario a propuesta de 2 de sus miembros.]
Artículo 11 del Reglamento de Régimen Interno
de la Cátedra
Son deberes de los miembros de la Cátedra:
a) Velar por el cumplimiento de los fines establecidos.
b) Asistir a las reuniones de los órganos de que formen parte.
c)
Colaborar
en
las
tareas
y
actividades
que
desarrolle
la
Cátedra
y,
en
especial,
en
aquellas
que
le sean asignadas por los órganos de gobierno.